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PATENTES Y MARCAS. PROPIEDAD INTELECTUAL.ABOGADOS Y AGENTES OFICIALES

LA PRUEBA TECNOLOGICA EN LOS PROCESOS JUDICIALES

Los datos almacenados en los dispositivos informáticos son pruebas válidas en litigios siempre y cuando, en su obtención, se hayan respetado los derechos fundamentales y se demuestre su autenticidad e integridad.

"Wayback Machine", una herramienta que permite consultar versiones antiguas de una página web aunque hayan sido borradas del servidor, ha permitido, al realizarse la evaluación sobre la novedad inventiva en varios casos de nulidad de patentes, acreditar, con anterioridad a una determinada fecha, la existencia de documentos referentes al asunto.

Una Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5ª) núm. 450/2019 de 31 mayo 2019 (AC2019850) (LA LEY 76012/2019) admite y ha declarado expresamente como prueba válida una consulta de Wayback Machine, ya que puede ser considerado un tercero imparcial al carecer de vínculo con las partes, ser gratuito, lo que excluye cualquier tipo de interés, y funcionar de manera automática, lo que evita posibles manipulaciones.

No se debe ignorar la utilidad de este medio de prueba en pleitos de infracción de derechos de exclusiva. En los procedimientos judiciales en los que se dirime la infracción de un derecho de propiedad industrial (una marca, un diseño, una patente de producto, etc.) la parte demandante normalmente no se limita a solicitar el cese de la infracción, sino que también suele reclamar una compensación de los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la actividad infractora en el pasado. Esta herramienta facilita la obtención de pruebas de infracciones cometidas con cierta antigüedad.

La relevancia de esta prueba digital es manifiesta, al permitir que los demandantes puedan acreditar la duración de la actividad infractora al aportar versiones antiguas de la página web de la demandada, en las que pueden verse ofertas y publicidad de los productos o servicios infractores. En el caso de las capturas de Wayback Machine, la ventaja es que los magistrados, que conocen del asunto, pueden acudir directamente a la fuente consultada por la parte, simplemente entrando ellos mismos en la web y realizando la misma consulta que la parte que aporta la prueba.

Como decía Don Hilarión “Hoy las Ciencias adelantan que es una barbaridad”: APROVECHEMOS ESTOS AVANCES EN DEFENSA DE NUESTROS INTERESES.

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