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PATENTES Y MARCAS. PROPIEDAD INTELECTUAL.ABOGADOS Y AGENTES OFICIALES

PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD

Las patentes españolas conceden un derecho exclusivo que sólo puede hacerse valer dentro de nuestras fronteras.

Estos derechos consisten, fundamentalmente, en impedir a cualquier persona la fabricación, el ofrecimiento, la comercialización o la utilización de un producto objeto de la patente.

Al contrario de lo que sucede con las marcas, la protección y el monopolio concedido por el registro de una patente tiene una duración limitada e improrrogable, de veinte años. Al cabo de dicho periodo, la patente pasa a dominio público: cualquiera puede hacer uso de la misma.
En España, el Organismo encargado de la concesión de patentes es la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), con sede en Madrid.

Patentes Españolas

Las patentes españolas conceden un derecho exclusivo que sólo puede hacerse valer dentro de nuestras fronteras.

Estos derechos consisten, fundamentalmente, en impedir a cualquier persona la fabricación, el ofrecimiento, la comercialización o la utilización de un producto objeto de la patente.

Al contrario de lo que sucede con las marcas, la protección y el monopolio concedido por el registro de una patente tiene una duración limitada e improrrogable, de veinte años. Al cabo de dicho periodo, la patente pasa a dominio público: cualquiera puede hacer uso de la misma.

En España, el Organismo encargado de la concesión de patentes es la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), con sede en Madrid.

La concesión de una patente suele producirse al cabo de 8 a 10 meses desde su solicitud. No obstante, este plazo es más amplio (18 meses) si el solicitante desea que la OEPM realice un examen previo acerca de la novedad que, en su caso, dará lugar al registro de una "patente fuerte".

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Patentes Europeas (EP)

El sistema de la patente europea permite obtener la protección de una misma invención en aquellos Estados miembros y asociados del Convenio de la Patente Europea que designe el solicitante.

La solicitud de patente europea es tramitada por la Oficina Europea de Patentes (EPO), con sede en Munich (Alemania) y validada tras su concesión en las oficinas nacionales de propiedad industrial de aquellos países elegidos por el solicitante.

El Convenio de la Patente Europea tiene entre sus objetivos conseguir que la protección de las invenciones resulte más fácil y, en función del número de Estados designados, menos onerosa que la protección que pueda obtenerse a través de los distintos procedimientos nacionales.

Este procedimiento es idóneo cuando pretende comercializarse una determinada invención en más de un país europeo.

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Patentes PCT

El Sistema de Cooperación Internacional en materia de Patentes (PCT o Patent Cooperation Treaty) facilita la tramitación de las solicitudes para la protección de las invenciones en múltiples países (más de 140) y establece un sistema por el que la presentación de una solicitud única produce los mismos efectos que si dicha solicitud hubiera sido presentada en cada uno de los países designados por el interesado. Como en el caso de las patentes europeas, suponen un ahorro considerable de las tasas de registro y facilitan la tramitación de la solicitud.

Los organismos encargados de la tramitación del registro son la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) con sede en Ginebra (Suiza) y las Oficinas nacionales de propiedad industrial de los países en los que se haya solicitado el registro de la patente.

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Modelos de utilidad

Los modelos de utilidad son también llamados patentes menores. Protegen invenciones con menor rango inventivo que las patentes, y consisten, por ejemplo, en dar a un objeto una configuración o estructura de la que se derive alguna utilidad o ventaja práctica.

Al contrario de las patentes, los modelos de utilidad no pueden proteger procedimientos sino únicamente productos, objetos, dispositivos o herramientas que se caracterizan por su "utilidad" o "practicidad".

Tampoco deben confundirse con los modelos industriales, que dan únicamente una constitución externa nueva a un objeto conocido. Se registran por diez años y no son prorrogables. Como en el caso de las patentes, el cumplimiento de este período significa la pérdida de exclusividad del titular del modelo industrial y, en consecuencia, su paso a dominio público.

La concesión del modelo de utilidad puede producirse al cabo de 8 meses desde el depósito de la solicitud. No obstante, el período puede ser más largo como consecuencia de incidencias en el procedimiento (suspensos, etc.)

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Requisitos y documentación

La presentación de una Patente en cualquiera de sus modalidades supone una compleja tramitación que requiere del estricto cumplimiento con requisitos formales. La responsabilidad del cumplimiento de tales requisitos en el plazo legal es únicamente del solicitante o de su representante o agente.

Como agentes y abogados podemos asesorar y representar a quienes desean solicitar una patente o a quienes ya son titulares de una patente en cualquiera de las oficinas nacionales o supranacionales.

Para tramitar la solicitud de una patente son necesarios los siguientes documentos:

  • Una descripción de la invención suficientemente clara y completa como para que un experto en la materia pueda llevarla a cabo. La descripción puede acompañarse de dibujos.
  • DNI y nombre y dirección del inventor.
  • DNI o CIF y nombre o denominación y dirección del solicitante, si éste no es el mismo que el inventor.
  • Indicación de los Estados en los que se pretende registrar la patente (sistemas PCT y Patente Europea).
  • Indicación de algún derecho prioritario sobre dicha patente (solicitudes precedentes).
  • Autorización firmada por el solicitante: acuda a nuestra página para descargar los poderes de representación

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Para ampliar información puede leer nuestras preguntas y respuestas más frecuentes (FAQ) sobre patentes y modelos de utilidad.