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PATENTES Y MARCAS. PROPIEDAD INTELECTUAL.ABOGADOS Y AGENTES OFICIALES

Vamos a utilizar una marca únicamente para fines de exportación. En este caso, ¿es preciso registrarla en España o únicamente en los países a los que van dirigidos los productos?

El art. 39 de la LM considera el uso a los solos fines de exportación como uso de la marca. Por tanto, es absolutamente necesario registrarlo en nuestro país.

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