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PATENTES Y MARCAS. PROPIEDAD INTELECTUAL.ABOGADOS Y AGENTES OFICIALES

NOTICIAS Y ACTUALIDAD

Desde que surgió la crisis del Covid-19, se han localizado diferentes solicitudes de marcas cuyas denominaciones incluyen los términos COVID-19 o CORONAVIRUS para diferentes productos y servicios de la Clasificación Internacional de Niza.

Tal es el caso de las marcas europeas núm. 018209884 CORONAVIRUS, solicitada para aceites esenciales (clase 3), bebidas no-alcohólicas (clase 32) y bebidas alcohólicas (clase 33), y de la núm. 018213555 COVID19 PATROL, solicitada para prendas de vestir (clase 25), ambas presentadas por solicitantes de nacionalidad española. Nos planteamos, desde el punto de vista jurídico, moral y comercial, la viabilidad y oportunidad de este tipo de registros.

Todavía son recurrentes las dudas que se plantean a la hora de si es o no lícito que una tienda online venda productos de una marca registrada.

El derecho conferido por el registro de marca no permitirá a su titular prohibir a terceros el uso de la misma para productos que sean comercializados en el Espacio Económico Europeo con dicha marca, bien por el titular o con su consentimiento.

La menos ambigua de las situaciones posibles se refiere a aquella tienda que venda productos que ya hayan sido utilizados en el ámbito personal, es decir, una clásica venta de artículos de segunda mano. Para esta situación, no solamente no existen trabas para la libre comercialización en Internet sino que, incluso y en este sentido, existen interesantes iniciativas que distribuyen productos bien conocidos como "vintage”.

Es bien sabido que cuando se busca nombre para una marca con la que identificar un producto o un servicio de calidad, debe darse prioridad a que sea corto y claro, atractivo y directo, sonoro, fácil de recordar y adecuado al producto o servicio concreto.

La distintividad del signo es un elemento clave. La Ley prohíbe los signos descriptivos de los productos y servicios, o de sus características, que deben estar a disposición de todos los competidores del sector.

También conviene recordar que, cuando se consigue tener un nombre que gusta y que identifique adecuadamente al producto, no conviene lanzarse y avanzar con el diseño de logotipo, de la página web, ni con la impresión de tarjetas de visita, folletos, etiquetado etc. Hay que detenerse, porque este es el momento adecuado para investigar y comprobar si dicho nombre ya estuviera registrado en todos los países de su interés, la disponibilidad del nombre de dominio, su eventual uso extrarregistral por parte de terceros.

En el proceso de creación del nombre de una marca debe intervenir tanto la lingüística como el marketing. El examen filológico, en un mercado global, es una de los puntos básicos a la hora de elegir una marca, puesto que el significado que el público destinatario atribuya al nombre en cuestión podrá variar hasta alcanzar incluso indeseadas consecuencias, según el idioma del país en que se use.

En el mejor de los casos, la traducción de la marca en algún idioma podría suponer cierto carácter descriptivo por el que mereciera ser denegada; en otros supuestos, podría ser difícilmente pronunciable o resultar un término gracioso y, en el peor de los casos, podría considerarse moral, cultural o políticamente incorrecto.

El sector del automóvil presenta algunos ejemplos relevantes como el caso del MAZDA LAPUTA, el NISSAN MOCO o el Volkswagen JETTA; así como el MITSUBISHI PAJERO, que debió comercializarse en España como MITSUBISH MONTERO por la misma razón que en Grecia el SEAT Málaga se renombró como Gredos.

Los datos almacenados en los dispositivos informáticos son pruebas válidas en litigios siempre y cuando, en su obtención, se hayan respetado los derechos fundamentales y se demuestre su autenticidad e integridad.

"Wayback Machine", una herramienta que permite consultar versiones antiguas de una página web aunque hayan sido borradas del servidor, ha permitido, al realizarse la evaluación sobre la novedad inventiva en varios casos de nulidad de patentes, acreditar, con anterioridad a una determinada fecha, la existencia de documentos referentes al asunto.